III.B. NO POSEEDORES DEL CERTIFICADO DE LA A.E.A.T.


En caso de no poseer con anterioridad al inicio del procedimiento del Certificado Digital de ámbito tributario, es necesario cubrir el paso de identificación ante un funcionario.


Para ello es necesaria la personación ante una de las Unidades de Asistencia al Usuario del sistema R.E.D. de la Tesorería General de la Seguridad Social, existiendo una Unidad en cada una de las Delegaciones Provinciales, o bien en las Cajas Generales de Deposito para el Tesoro Público, se recomienda acudir a una de las U.A.U. En todo caso es necesaria la acreditación de la personalidad mediante la exhibición del D.N.I. o Pasaporte.


La documentación a aportar es nombre y domicilio completo, N.I.F., datos de contacto (teléfono, fax y/o correo electrónico), y en caso de solicitar la certificación en nombre de terceros los datos acreditativos de pertenencia a un Colectivo Profesional que tenga firmado acuerdo de colaboración con la T.G.S.S.


Se recibirá, tras la firma del formulario de la solicitud de Registro, un CD-ROM que contiene el soporte informático para la obtención e instalación del certificado, así como un sobre cerrado que contiene el Código de Activación, el Código de Desbloqueo y el PIN.
El plazo para disponer del certificado es de 48 horas en días hábiles si la solicitud se realiza ante la T.G.S.S., y de 7 días si es ante una de las Cajas Generales de Deposito. Durante el plazo señalado se puede realizar la instalación de las aplicaciones necesarias para el correcto funcionamiento del certificado.


Realizada la solicitud e instalado el software, se pasa a los pasos comunes con los titulares anteriores de certificados digitales de ámbito tributario.