III.B. NO POSEEDORES DEL CERTIFICADO DE LA A.E.A.T.
En
caso de no poseer con anterioridad al inicio del procedimiento del Certificado
Digital de ámbito tributario, es necesario cubrir el paso de identificación
ante un funcionario.
Para
ello es necesaria la personación ante una de las Unidades de Asistencia al Usuario
del sistema R.E.D. de la Tesorería General de la Seguridad Social, existiendo
una Unidad en cada una de las Delegaciones Provinciales, o bien en las Cajas
Generales de Deposito para el Tesoro Público, se recomienda acudir a una de las
U.A.U. En todo caso es necesaria la
acreditación de la personalidad mediante la exhibición del D.N.I. o Pasaporte.
La
documentación a aportar es nombre y domicilio completo, N.I.F., datos de
contacto (teléfono, fax y/o correo electrónico), y en caso de solicitar la certificación
en nombre de terceros los datos acreditativos de pertenencia a un Colectivo
Profesional que tenga firmado acuerdo de colaboración con la T.G.S.S.
Se
recibirá, tras la firma del formulario de la solicitud de Registro, un CD-ROM
que contiene el soporte informático para la obtención e instalación del
certificado, así como un sobre cerrado que contiene el Código de Activación, el
Código de Desbloqueo y el PIN.
El
plazo para disponer del certificado es de 48 horas en días hábiles si la
solicitud se realiza ante la T.G.S.S., y de 7 días si es ante una de las Cajas
Generales de Deposito. Durante el plazo
señalado se puede realizar la instalación de las aplicaciones necesarias para
el correcto funcionamiento del certificado.
Realizada
la solicitud e instalado el software, se pasa a los pasos comunes con los
titulares anteriores de certificados digitales de ámbito tributario.